Comité Colegial de Seguridad del Paciente del Colegio de Médicos de Bizkaia

¿Qué es?

Con fecha 25 de mayo de 2016 se publicó el DECRETO 78/2016 de 17 de mayo, sobre medidas de seguridad de pacientes que reciban asistencia sanitaria en los centros y servicios sanitarios ubicados en Euskadi, que fue ampliado por la ORDEN de 27 de octubre de 2017, del Consejero de Salud, por la que se desarrollan los comités de seguridad de la o el paciente de centros y servicios sanitarios ubicados en Euskadi y que nos obliga a todas y todos los profesionales que ejercemos actividad clínica a ajustarnos a las normas que afectan al ámbito de la seguridad de la paciente o el paciente.

Estas normas estaban desarrolladas y claras en el ámbito público, pero tras la publicación de la Orden y los plazos preceptivos, obliga también a todas las y los profesionales que ejercen en el ámbito privado.

Aunque el cumplimiento del Decreto y de la Orden puede resultar una tarea difícil de asumir para un centro muy pequeño o para una o un profesional que trabaje de forma individual, la propia normativa también contempla la posibilidad de que los Colegios Profesionales podamos crear un Comité de Seguridad del Paciente de carácter colegial, a fin de que estas y estos compañeros puedan adherirse, lo que les facilita de esta forma el cumplimiento de las exigencias derivadas de la norma.

En consecuencia, el CMB ha aprobado en la sesión de Junta Directiva del 21 de enero de 2019 la creación del Comité Colegial de Seguridad del Paciente del Colegio de Médicos de Bizkaia.

Podrán adherirse al Comité aquellos centros sanitarios  que cuenten con menos de 6 trabajadoras y trabajadores incluidos los y las profesionales sanitarias en régimen de arrendamiento de servicios, entendiendo que aquellos centros sanitarios que superen esa cifra deberán contar con una persona capacitada para cumplir con las obligaciones del artículo 5, apartados 2 y 3 del Decreto 78/2016, o promover su formación.

Para quienes se adhieran al Comité Colegial, la responsabilidad del cumplimiento de los deberes y obligaciones que se derivan del Decreto 78/16 corresponde a la colegiada y al colegiado titular del centro autorizado ya que la existencia del Comité Colegial de Seguridad del Paciente del Colegio de Médicos de Bizkaia y la adhesión al mismo no exime, ni suple, dichas responsabilidades.


¿Cómo puedo solicitar mi adhesión?

Si quieres solicitar la adhesión de tu centro al Comité Colegial de Seguridad del Paciente del Colegio de Médicos de Bizkaia pincha en este enlace y te explicaremos, paso a paso, cómo debes hacerlo: ¿Cómo puedo solicitar mi adhesión?


Puedes acceder al Decreto y a la Orden descargándote los PDF adjuntos.